Ayer, jueves, día 26 de
junio de 2014, nos visitó nuestro compañero y Director General de
Administración Local, Francisco Javier Camacho. El motivo de su visita fue la
inauguración de las Jornadas que se celebran, los días 26 y 27, en la
Universidad de Jaén, sobre la Reforma Local, y que organiza el Área de Derecho
Administrativo de la Universidad de Jaén. En estas Jornadas también colaboran
la Caja Rural de Jaén, el COSITAL, la Diputación de Jaén, el Ilustre Colegio de
Abogados, la Facultad de Ciencias
Sociales y Jurídicas y Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la
Universidad de Jaén. El curso está dirigido, esencialmente, a Secretarios de
Ayuntamiento, Interventores, Tesoreros y otros funcionarios de la Administración Local, así como a
abogados y alumnos de Postgrado. En su intervención, Francisco Javier Camacho
aludió a la Ley 27/2013, de 27 de
diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local como
una ley innecesaria y que merma y ataca veladamente muchas de las competencias
de los municipios andaluces. Igualmente, en su intervención, aludió a que no se
explica cómo técnicos legislativos emprenden “esta aventura” de elaborar y
publicar una ley tan relevante para toda la administración local sin haber
estudiado y propuesto, con anterioridad, una Ley de Haciendas Locales. Acabó su
intervención expresando que la Consejería de Administración Local y Relaciones
Institucionales interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la puesta en
vigor de la mencionada ley, explicó el esfuerzo y la celeridad con la que esta
nuestra Consejería publicó el Decreto –Ley 7/2014, de 20 de mayo, por el que se
establecen medidas urgentes para la aplicación de la Ley 27/2013, de 27 de
diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en
el que se recogen y ponen en valor los fundamentos legales el Estatuto de
Autonomía para Andalucía y el peso específico de la Ley 5/2010, de 11 de junio,
de Autonomía Local de Andalucía (LAULA), en la que se recogen competencias
exclusivas sobe régimen local, especificando y concretando las competencias
propias municipales, en el artículo 92.2 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.